¿Quiénes están obligados a tener revisor fiscal en 2024?

En Colombia están obligados a tener revisor fiscal los señalados en el artículo 203 del Código de Comercio y las sociedades comerciales que alcancen los topes de activos e ingresos mencionados en el parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 43 de 1990

En ese orden de ideas deben tener revisor fiscal:

  • Las sociedades por acciones.
  • Las sucursales de compañías extranjeras.
  • Las sociedades que voluntariamente lo dispongan, siempre que la decisión sea tomada por socios que representen como mínimo el 20 % del capital y no hagan parte de la administración de la entidad.

Además para el año 2024 deberán tener revisor fiscal, elegido por la junta de socios o asamblea de accionistas, aquellas que posean:

  • activos brutos al 31 de diciembre de 2023 iguales o superiores a $5.800.000.000 (5.000 SMMLV x $ 1.160.000) y/o
  • ingresos brutos al 31 de diciembre de 2023 iguales o superiores a $3.480.000.000 (3.000 SMMLV x $1.160.000).

LG Asesores Contables SAS cuenta con profesionales altamente capacitados con experiencia de más de 10 años como revisores fiscales en diversos sectores y tipos de compañía que podrán llevar a cabo las funciones legales y estatutarias de este cargo en la compañía que deba cumplir con esta obligación o requiera voluntariamente nombrar revisor fiscal para mejora de procesos y certeza en el cumplimiento de requerimientos de toda indole ante entes de control, nuestro servicio se enfoca en un proceso anual que cubre las siguientes fases:

  • Revisión mensual de declaraciones tributarias.
  • Auditoria Financiera Intermedia y de Cierre.
  • Auditoria de Control Interno.
  • Auditoria Legal.

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